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Reglamento Delegado (UE) 2020/1303 de la Comisión de 14 de julio de 2020 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los criterios que la AEVM debe tener en cuenta para determinar si una entidad de contrapartida central establecida en un tercer país tiene o puede adquirir importancia sistémica para la estabilidad financiera de la Unión o de uno o varios de sus Estados miembros

Identificador
10658749
Rang d'aplicació
Reglament
Àmbit d'aplicació
Europeu
Matèries
Fruites i hortalisses
Data de publicació Descripció Més informació
Reglamento Delegado (UE) 2020/1303 de la Comisión de 14 de julio de 2020 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los criterios que la AEVM debe tener en cuenta para determinar si una entidad de contrapartida central establecida en un tercer país tiene o puede adquirir importancia sistémica para la estabilidad financiera de la Unión o de uno o varios de sus Estados miembros PDF Reglamento Delegado (UE) 2020/1303 de la Comisión de 14 de julio de 2020 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los criterios que la AEVM debe tener en cuenta para determinar si una entidad de contrapartida central establecida en un tercer país tiene o puede adquirir importancia sistémica para la estabilidad financiera de la Unión o de uno o varios de sus Estados miembros

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