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Reglamento (UE) no 32/2014 de la Comisión, de 14 de enero de 2014, por el que se inicia la reconsideración para un «nuevo exportador» del Reglamento de Ejecución (UE) no 1008/2011 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de transpaletas manuales y sus partes esenciales originarias de la República Popular China, modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) no 372/2013 del Consejo, y por el que se deroga el derecho aplicable a las importaciones de un exportador de ese país y se someten a registro dichas importaciones

Identificador
1753326
Rang d'aplicació
Reglament
Àmbit d'aplicació
Europeu
Matèries
Altres sectors i productes industrials, Política de la competència
Data de publicació Descripció Més informació
Reglamento (UE) no 32/2014 de la Comisión, de 14 de enero de 2014, por el que se inicia la reconsideración para un «nuevo exportador» del Reglamento de Ejecución (UE) no 1008/2011 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de transpaletas manuales y sus partes esenciales originarias de la República Popular China, modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) no 372/2013 del Consejo, y por el que se deroga el derecho aplicable a las importaciones de un exportador de ese país y se someten a registro dichas importaciones PDF Reglamento (UE) no 32/2014 de la Comisión, de 14 de enero de 2014, por el que se inicia la reconsideración para un «nuevo exportador» del Reglamento de Ejecución (UE) no 1008/2011 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de transpaletas manuales y sus partes esenciales originarias de la República Popular China, modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) no 372/2013 del Consejo, y por el que se deroga el derecho aplicable a las importaciones de un exportador de ese país y se someten a registro dichas importaciones

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