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Tribunal Supremo

Sentencia de 14 de diciembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara la nulidad del inciso 2.e), Dirección General del Instituto de la Juventud, de la disposición adicional séptima del Real Decreto 139/2020 y del 1.l) Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, que eximen del requisito de ser funcionario de carrera para ser nombrado Director General.

Identificador
12688542
Rang d'aplicació
Sentència
Àmbit d'aplicació
Estatal
Matèries
Administracions públiques. Òrgans institucionals, Justícia
Data de publicació Descripció Més informació
Sentencia de 14 de diciembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara la nulidad del inciso 2.e), Dirección General del Instituto de la Juventud, de la disposición adicional séptima del Real Decreto 139/2020 y del 1.l) Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, que eximen del requisito de ser funcionario de carrera para ser nombrado Director General. PDF Sentencia de 14 de diciembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara la nulidad del inciso 2.e), Dirección General del Instituto de la Juventud, de la disposición adicional séptima del Real Decreto 139/2020 y del 1.l) Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, que eximen del requisito de ser funcionario de carrera para ser nombrado Director General. Enllaç a Sentencia de 14 de diciembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara la nulidad del inciso 2.e), Dirección General del Instituto de la Juventud, de la disposición adicional séptima del Real Decreto 139/2020 y del 1.l) Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, que eximen del requisito de ser funcionario de carrera para ser nombrado Director General.

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