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Ministerio de Ciencia y Tecnología

Real Decreto 749/2001, de 29 de junio, por el que se establecen las características mínimas que deben cumplir las bocas de hombre e inspección de las cisternas de carburantes (gasolinas, gasóleos y fuel -oils ligeros), así como combustibles de calefacción doméstica u otros combustibles de uso Industrial que estén clasificados en el ADR como materias de la clase 3, y que además tengan una presión de cálculo de la cisterna de menos de 0, 75 kg/cm2 de presión manométrica

Identificador
137607
Rang d'aplicació
Reial decret
Àmbit d'aplicació
Estatal
Matèries
Energia. Indústria
Text Consolidat
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-13868
Data de publicació Descripció Més informació
Real Decreto 749/2001, de 29 de junio, por el que se establecen las características mínimas que deben cumplir las bocas de hombre e inspección de las cisternas de carburantes (gasolinas, gasóleos y fuel -oils ligeros), así como combustibles de calefacción doméstica u otros combustibles de uso Industrial que estén clasificados en el ADR como materias de la clase 3, y que además tengan una presión de cálculo de la cisterna de menos de 0, 75 kg/cm2 de presión manométrica PDF Real Decreto 749/2001, de 29 de junio, por el que se establecen las características mínimas que deben cumplir las bocas de hombre e inspección de las cisternas de carburantes (gasolinas, gasóleos y fuel -oils ligeros), así como combustibles de calefacción doméstica u otros combustibles de uso Industrial que estén clasificados en el ADR como materias de la clase 3, y que además tengan una presión de cálculo de la cisterna de menos de 0, 75 kg/cm2 de presión manométrica

Vigent