Facebook Twitter Youtube Instagram RSS

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/185 de la Comisión de 27 de enero de 2023 por el que se inicia una reconsideración para un nuevo exportador del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/607 de la Comisión, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido cítrico originario de la República Popular China, con respecto a un productor exportador chino, se deroga el derecho aplicable a las importaciones de ese productor exportador y se someten a registro tales importaciones

Identificador
14784238
Rang d'aplicació
Reglament
Àmbit d'aplicació
Europeu
Matèries
Política de la competència
Data de publicació Descripció Més informació
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/185 de la Comisión de 27 de enero de 2023 por el que se inicia una reconsideración para un nuevo exportador del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/607 de la Comisión, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido cítrico originario de la República Popular China, con respecto a un productor exportador chino, se deroga el derecho aplicable a las importaciones de ese productor exportador y se someten a registro tales importaciones PDF Reglamento de Ejecución (UE) 2023/185 de la Comisión de 27 de enero de 2023 por el que se inicia una reconsideración para un nuevo exportador del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/607 de la Comisión, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido cítrico originario de la República Popular China, con respecto a un productor exportador chino, se deroga el derecho aplicable a las importaciones de ese productor exportador y se someten a registro tales importaciones Enllaç a Reglamento de Ejecución (UE) 2023/185 de la Comisión de 27 de enero de 2023 por el que se inicia una reconsideración para un nuevo exportador del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/607 de la Comisión, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido cítrico originario de la República Popular China, con respecto a un productor exportador chino, se deroga el derecho aplicable a las importaciones de ese productor exportador y se someten a registro tales importaciones

Vigent