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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

Acuerdo Multilateral RID 5/2010 en virtud de la Sección 1.5.1. del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo al transporte de UN 1057 encendedores y UN 1057 recargas para encendedores, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2011

Identificador
1581326
Rang d'aplicació
Acord
Àmbit d'aplicació
Estatal
Matèries
Afers exteriors i comunitaris, Seguretat ciutadana. Defensa. Interior, Transports
Data de publicació Descripció Més informació
Acuerdo Multilateral RID 5/2010 en virtud de la Sección 1.5.1. del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo al transporte de UN 1057 encendedores y UN 1057 recargas para encendedores, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2011 PDF Acuerdo Multilateral RID 5/2010 en virtud de la Sección 1.5.1. del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo al transporte de UN 1057 encendedores y UN 1057 recargas para encendedores, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2011

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