Facebook Twitter Youtube Instagram RSS

Reglamento Delegado (UE) 2025/1265 de la Comisión, de 1 de julio de 2025, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican el método para establecer el principal factor de riesgo de una posición y para determinar si una operación supone una posición larga o corta a efectos del artículo 94, apartado 3, el artículo 273 bis, apartado 3, y el artículo 325 bis, apartado 2

Identificador
20425739
Rang d'aplicació
Reglament
Àmbit d'aplicació
Europeu
Matèries
Política econòmica i monetària i lliure circulació de capitals
Data de publicació Descripció Més informació
Reglamento Delegado (UE) 2025/1265 de la Comisión, de 1 de julio de 2025, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican el método para establecer el principal factor de riesgo de una posición y para determinar si una operación supone una posición larga o corta a efectos del artículo 94, apartado 3, el artículo 273 bis, apartado 3, y el artículo 325 bis, apartado 2 PDF Reglamento Delegado (UE) 2025/1265 de la Comisión, de 1 de julio de 2025, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican el método para establecer el principal factor de riesgo de una posición y para determinar si una operación supone una posición larga o corta a efectos del artículo 94, apartado 3, el artículo 273 bis, apartado 3, y el artículo 325 bis, apartado 2 Enllaç a Reglamento Delegado (UE) 2025/1265 de la Comisión, de 1 de julio de 2025, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican el método para establecer el principal factor de riesgo de una posición y para determinar si una operación supone una posición larga o corta a efectos del artículo 94, apartado 3, el artículo 273 bis, apartado 3, y el artículo 325 bis, apartado 2

Vigent