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Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 163/2002 del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se amplía el derecho antidumping definitivo impuesto por el Reglamento (CE) nº 368/98 sobre las importaciones de glifosato originario de la República Popular de China a las importaciones de glifosato consignado desde Malasia o Taiwán, tanto si se declara originario de Malasia o Taiwán como si no, y se da por concluida la investigación por lo que se refiere a las importaciones de un productor exportador malasio y otro taiwanés (DO L 30 de 31.1.2002)

Identificador
234712
Rang d'aplicació
Reglament
Àmbit d'aplicació
Europeu
Matèries
Política de la competència, Substàncies químiques i perilloses
Data de publicació Descripció Més informació
Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 163/2002 del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se amplía el derecho antidumping definitivo impuesto por el Reglamento (CE) nº 368/98 sobre las importaciones de glifosato originario de la República Popular de China a las importaciones de glifosato consignado desde Malasia o Taiwán, tanto si se declara originario de Malasia o Taiwán como si no, y se da por concluida la investigación por lo que se refiere a las importaciones de un productor exportador malasio y otro taiwanés (DO L 30 de 31.1.2002) PDF Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 163/2002 del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se amplía el derecho antidumping definitivo impuesto por el Reglamento (CE) nº 368/98 sobre las importaciones de glifosato originario de la República Popular de China a las importaciones de glifosato consignado desde Malasia o Taiwán, tanto si se declara originario de Malasia o Taiwán como si no, y se da por concluida la investigación por lo que se refiere a las importaciones de un productor exportador malasio y otro taiwanés (DO L 30 de 31.1.2002)

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