Facebook Twitter Youtube Instagram RSS

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

declaraciones previstas en los artículos 5.1, 20.1, 20.6, 21.1 párrafo 2 y 21.1 párrafo 5 del Convenio cel ebrado sobre la base del artículo K3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la asistencia Mutua y a la cooperación entre las Administraciones aduaneras, hecho en Bruselas el 18 de diciembre de 1997 ('Boletín Oficial del Estado' núm. 199, de 20 de agosto de 2002)

Identificador
379977
Rang d'aplicació
Altres rangs
Àmbit d'aplicació
Estatal
Matèries
Administracions públiques. Òrgans institucionals, Afers exteriors i comunitaris, Comerç
Data de publicació Descripció Més informació
declaraciones previstas en los artículos 5.1, 20.1, 20.6, 21.1 párrafo 2 y 21.1 párrafo 5 del Convenio cel ebrado sobre la base del artículo K3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la asistencia Mutua y a la cooperación entre las Administraciones aduaneras, hecho en Bruselas el 18 de diciembre de 1997 ('Boletín Oficial del Estado' núm. 199, de 20 de agosto de 2002) PDF declaraciones previstas en los artículos 5.1, 20.1, 20.6, 21.1 párrafo 2 y 21.1 párrafo 5 del Convenio cel ebrado sobre la base del artículo K3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la asistencia Mutua y a la cooperación entre las Administraciones aduaneras, hecho en Bruselas el 18 de diciembre de 1997 ('Boletín Oficial del Estado' núm. 199, de 20 de agosto de 2002)

Vigent