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TRIBUNAL SUPREMO

Sentencia de 28 de octubre de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que, a efecto de dar cumplimiento al artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la expresión en una hora distinta determina la validez de cualquier notificación que guarde una diferencia de al menos sesenta minutos a la hora en que se practicó el primer intento de notificación»

Identificador
582510
Rang d'aplicació
Sentència
Àmbit d'aplicació
Estatal
Matèries
Justícia
Data de publicació Descripció Més informació
Sentencia de 28 de octubre de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que, a efecto de dar cumplimiento al artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la expresión en una hora distinta determina la validez de cualquier notificación que guarde una diferencia de al menos sesenta minutos a la hora en que se practicó el primer intento de notificación» PDF Sentencia de 28 de octubre de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que, a efecto de dar cumplimiento al artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la expresión en una hora distinta determina la validez de cualquier notificación que guarde una diferencia de al menos sesenta minutos a la hora en que se practicó el primer intento de notificación»

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