TRIBUNAL SUPREMO
Sentencia de 28 de octubre de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que, a efecto de dar cumplimiento al artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la expresión en una hora distinta determina la validez de cualquier notificación que guarde una diferencia de al menos sesenta minutos a la hora en que se practicó el primer intento de notificación»
- Identificador
- 582510
- Rang d'aplicació
- Sentència
- Àmbit d'aplicació
- Estatal
- Matèries
- Justícia