TRIBUNAL SUPREMO
Sentencia de 18 de enero de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «El derecho a la devolución de ingresos indebidos ejercitado a través del procedimiento que regulaba el artículo 155 de la Ley General Tributaria de 1963 (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) y el RD 1163/1990, prescribía por el transcurso del plazo establecido por dicha Ley, y se computaba, de acuerdo con el artículo 65 de la misma, desde el momento en que se realizó el ingreso, aunque con posterioridad se hubiera declarado inconstitucional la norma en virtud de la cual se realizó el ingreso tributario, sin que quepa considerar otro plazo y cómputo distinto de los aplicables al procedimiento de devolución, cuando indubitadamente éste había sido el único instado por los interesados»
- Identificador
- 618899
- Rang d'aplicació
- Sentència
- Àmbit d'aplicació
- Estatal
- Matèries
- Justícia, Sistema tributari