TRIBUNAL SUPREMO
Sentencia de 28 de junio de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «la suspensión del procedimiento por prejudicialidad prevista en el artículo 43 de la Ley de Enjuiciamiento Civil no es supletoriamente aplicable a la jurisdicción contencioso-administrativa en aquellos supuestos en los que la cuestión previa a dilucidar consiste en la determinación sobre la legalidad o validez de una disposición de carácter general de rango reglamentario.»
- Identificador
- 683516
- Rang d'aplicació
- Sentència
- Àmbit d'aplicació
- Estatal
- Matèries
- Dret